Nuevas cuantías para el cálculo de las ayudas económicas en los casos de parto múltiple durante el año 2017

Cuantía
100% de la base de cotización correspondiente al día del hecho causante por 42 días (seis semanas de descanso obligatorio) calculada en función del número de hijos o menores acogidos simultáneamente a partir del segundo. Es decir, (Haber regulador en la fecha del hecho causante X 42 días / 365 días) X (Nº hijos simultáneos menos 1)

Bases de cotización anuales
El Real Decreto 746/2016, de 30 de diciembre, sobre revalorización y complementos de pensiones de Clases Pasivas, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2017 (BOE de 31 de diciembre)

Grupo/Subgrupo (EBEP) – Base de Cotización Euros/año

A1 – 40.460,17

A2 – 31.843,17

B –  27.883,86

C1 – 24.456,10

C2 – 19.348,83

E (Ley 30/84) y Agrupaciones Profesionales (EBEP) – 16.496,42

Información sobre el Subsidio

Prestación de pago único por parto múltiple
Cuantía

Pago de 4, 8 o 12 veces el Salario Mínimo Interprofesional mensual vigente al día del nacimiento o fecha de la sentencia de adopción según 2, 3 o más hijos causantes.

Nº Hijos Simultáneos – Nº veces Importe Mensual S.M.I. – Importe en Euros (*)

2 – 4 – 2.830,80

3  – 8 – 5.661,60

4 y más – 12  – 8.492,40

(*): Importe en Euros: R.D. 742/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre) para hechos causantes entre 01-01 y 31-12-2017.
Nota.- S.M.I. para 2017: 707,70 euros/mes.

El contenido de este comunicado fue publicado primero en la web de Muface

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