Un empresario gana un Pleito a la multinacional ROCKSTAR INC

Una empresa de Gran Canaria  ha ganado un pleito a la multinacional  norte americana  RockStar Inc que le permite usar esa marca para vender cervezas y bebidas energéticas en territorio nacional, según establece una sentencia dictada por la Audiencia de Las Palmas el pasado 26 de Julio.

La multinacional de Las Vegas inicio en 2009 un proceso judicial para reclamar la caducidad de la marca por falta de uso, pero el empresario alemán Roger Jean Herrmann tras estos seis años de pleito, ha conseguido conservar su permiso para usar la marca y continuar con los derechos de comercialización del producto.

Roger comenzó a vender la cerveza en el Rock Café, un pequeño local de Mesa y López cercano a la plaza de la Victoria  ya cerrado, tras registrar la marca en 1999 y vincularla al negocio de aguas minerales, gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, zumos de frutas, bebidas alcohólicas y siropes, entre otra preparaciones.

Luego el local de la capital Gran Canaria cerró, se trasladó a Telde y optó por vender el producto en el sur de Gran Canana a través de un tarcero, dejando a un lado su intención inicial de expandirse a la Península. De ahí la demanda de la multinacional, cuyos abogados redamaron la caducidad al considerar transcurridos cincos años sin usar de manera efectiva los productos para tos que fue

El Juzgado de lo Mercantil número 1 concedió la razón a la compañia norte americana. pero sólo de forma parcial, es decir, sólo para los productos que no habla comercializado, excluyendo, por tanto, la cerveza y la bebida energética. que siguen bajo el paraguas de Town Music SL, la empresa de Roger Jean Herrmann que registró Rock Star en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

Esa sentencia del Juzgado de lo Mercantil, que lleva fecha del 11 de marzo de 2014, ha sido ratificada ahora por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Las Palmas. Ambas resoluciones, en el fondo del asunto, dan la razón al abogado Carlos Quintana Guerra, pues ha logrado probar que su cliente si comercializó tanto la cerveza como la bebida energética sin incurrir en la acción de caducidad.

El letrado, mediante testigos y pruebas documentales, demostró que Roger Jean Herrmann comercializó la marca al menos tres meses antes de la interposición de la demanda y. de esa manara, neutralizó al informe realizado por un detective privado con el que la multinacional quería acreditar la inexistencia de la actividad comercial.

Se trata de contrato firmado con una tercera empresa para distribuir en 2009 cerveza y bebida energética en varios locales del sur de la isla, lo cual, al haberse reanudado la actividad antes de la presentación de la demanda, interrumpe el plazo de caducidad alegado por la multinacional.

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