Estructuras societarias en Luxemburgo

Luxemburgo, situado entre Alemania, Bélgica y Francia, es uno de los seis miembros fundadores de la Unión Europea. Goza de una situación geográfica estratégica y de una política fiscal muy atractiva. Tiene en su territorio el mayor número de inversores extranjeros.

Se trata de un auténtico paraíso para empresarios e inversores que deseen desarrollar su actividad en una jurisdicción con una reputación inigualable en el seno de la U.E.

La creación de una sociedad en Luxemburgo, exige trámites administrativos muy específicos, así como el respeto de las normas jurídicas y fiscales del país. Es por esto que se recomienda disponer de un asesoramiento especializado para instalarse en el Gran Ducado.

Los tipos de sociedad utilizados con más frecuencia en Luxemburgo son la SARL, y la SA. Otros tipos de estructuras mercantiles, son las sociedades de inversión colectiva, como la SIF, la SPF, SICAR, SOPARFI, INVCOS y SICAV (SICAV paraguas).

Las estructuras más utilizadas en Luxemburgo

Sociedad SARL: La Sociedad de Responsabilidad Limitada (Luxembourg Société à Responsabilité Limitée o SARL), es la forma más popular de estructura empresarial cuando se trata de inversiones extranjeras.

Para su constitución requiere un capital social mínimo de al menos 12.500 euros desembolsables en su totalidad en el momento de la constitución.  No existen limitaciones en cuanto al número de accionistas, su residencia o nacionalidad y se exige un mínimo de un administrador/gerente, que puede ser persona física o jurídica y también socio. Un único accionista puede ser suficiente para constituir la sociedad. Si la sociedad tiene más de 25 socios, tiene la obligación de nombrar a un auditor de cuentas.

La domiciliación de la sede social debe ir acompañada obligatoriamente de oficinas físicas en Luxemburgo.

Sociedad Anónima: La Sociedad Anónima (Luxembourg Société Anonyme o SA), es la opción más atractiva para aquellas empresas grandes que se quieran estructurar de la mejor manera posible. Para su constitución requiere un capital social mínimo de 31.000 euros, de los cuales, el 25% debe ser desembolsado en el momento de la constitución.

Se exigen al menos tres directores y un domicilio social. No existen limitaciones en cuanto al número de accionistas, su residencia o nacionalidad. Un único accionista suele ser suficiente para constituir la sociedad. Se debe celebrar al menos una vez al año una Asamblea General Ordinaria. Es necesaria una auditoría anual de cuentas y la domiciliación de la sede social debe ir acompañada de oficinas físicas en el país.

Fiscalidad favorable a los no residentes

Gracias a numerosos acuerdos bilaterales en materia fiscal, Luxemburgo es una opción excelente para disfrutar de una tributación mínima, especial para empresarios, particulares e inversores no residentes. Además, goza de una reputación envidiable en lo que se requiere a confidencialidad y privacidad.

Los no residentes en Luxemburgo no pagan impuesto sobre la renta, sobre las ganancias de capital ni sobre las transmisiones patrimoniales. En algunos casos, según la estructura mercantil, están libres del impuesto sobre sociedades, sobre el IVA y sobre las retenciones sobre dividendos o intereses.

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