España reclamará a varios clubes de fútbol profesional la devolución de las ayudas incompatibles de la Comisión Europea

Tras proceder a tres diferentes investigaciones en profundidad, la Comisión ha llegado a la conclusión de que medidas de ayuda pública concedidas por España a siete clubes de fútbol profesional les beneficiaron injustamente frente a otros clubes, lo que supone una infracción de las normas sobre ayudas estatales de la UE.

En consecuencia, España ha de recuperar los importes de las ayudas estatales ilegales de los siete beneficiarios, a saber: FC Barcelona, Real Madrid, Valencia, Athletic Bilbao, Atlético Osasuna, Elche y Hércules.

La comisaria Margrethe Vestager, responsable de Competencia, ha declarado: «Utilizar el dinero de los contribuyentes para financiar a clubes de fútbol profesional puede falsear la competencia. El fútbol profesional es una actividad comercial en la que está en juego mucho dinero. Los fondos públicos deben cumplir las normas de competencia leal y, en el presente caso, las subvenciones investigadas no las cumplieron».

Las normas sobre ayudas estatales de la UE se aplican a las intervenciones públicas en el mercado, a fin de velar por que no falseen la competencia favoreciendo de forma selectiva a un participante en el mercado en detrimento de otro. El deporte profesional es una actividad económica. Los clubes de fútbol llevan a cabo actividades de comercialización, merchandising, radiodifusión televisiva, traspaso de jugadores, etc., y compiten a nivel internacional. En muchos casos, los clubes de fútbol profesional tienen un elevado volumen de negocio. Las normas de la UE sobre ayudas estatales evitan que la financiación pública falsee la competencia entre los clubes. Protegen la igualdad de condiciones para la mayoría de los clubes profesionales que deben actuar sin subvenciones.

La primera investigación se refería a privilegios fiscales en favor del Real Madrid, el FC Barcelona, el Athletic de Bilbao y el Atlético Osasuna. En España, los clubes de fútbol profesional se consideran sociedades anónimas a efectos fiscales. No obstante, estos cuatro clubes fueron tratados como entidades sin ánimo de lucro, que pagan un tipo impositivo sobre beneficios un 5 % inferior al de las sociedades anónimas. Los cuatro clubes se beneficiaron de este tipo impositivo inferior durante más de veinte años, sin una justificación objetiva. Entretanto, España ha adaptado su legislación sobre el impuesto de sociedades para poner fin a este trato discriminatorio a partir de enero de 2016. Para eliminar las ventajas indebidas recibidas en el pasado, los clubes están ahora obligados a devolver los impuestos no abonados. Sobre la base de la información disponible, la Comisión considera que las cantidades que deben recuperarse son limitadas (0-5 millones EUR por club), pero los importes exactos que deben devolverse los determinarán las autoridades españolas en el proceso de recuperación.

En una segunda investigación, la Comisión examinó una cesión de terrenos entre el Real Madrid y el Ayuntamiento de Madrid. La investigación determinó, sobre la base de un estudio independiente, que los terrenos afectados por la transacción se sobrevaloraron en 18,4 millones EUR. Ello otorgó a este club una ventaja injustificada frente a otros clubes que ahora debe devolverse.

Por último, la Comisión investigó los avales otorgados por el Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) por préstamos concedidos a tres clubes de fútbol de la Comunidad Valenciana (Valencia, Hércules y Elche). En ese momento, estos clubes atravesaban dificultades financieras. El aval público les permitió obtener los préstamos en condiciones más favorables. Al no haber pagado una remuneración adecuada por los avales, estos clubes se beneficiaron de una ventaja económica frente a otros clubes, que tienen que financiarse sin el respaldo del Estado. La financiación estatal no estaba vinculada a un plan de reestructuración de los clubes con vistas a su viabilidad y ninguno de ellos aplicó medidas compensatorias para contrarrestar el falseamiento de la competencia ocasionado por la ayuda. Con el fin de restablecer unas condiciones de competencia equitativas con los clubes no subvencionados, el Valencia, el Hércules y el Elche deben devolver ahora la ventaja recibida, que asciende a 20,4 millones EUR en el caso de Valencia, a 6,1 millones EUR en el caso del Hércules y a 3,7 millones EUR en el del Elche.

La Comisión también ha adoptado hoy decisiones relativas a ayudas estatales a cinco clubes de fútbol de los Países Bajos.

La investigación de la Comisión se refería a las siguientes medidas:

Real Madrid CF – 2011
Un convenio relativo a una cesión de terrenos del Ayuntamiento de Madrid al Real Madrid suscrito en 1998. Finalmente, la cesión no se produjo El acuerdo para compensar esta situación se basó en una nueva tasación de los terrenos, que les adjudicó un valor de 22,7 millones EUR, frente a los 595 000 EUR en que se habían valorado en 1998. La investigación de la Comisión puso de manifiesto que el Real Madrid tenía derecho a una indemnización de 4,3 millones EUR, por lo que obtuvo una ventaja de 18,4 millones EUR.

Real Madrid CF, Barcelona CF, Athletic Club de Bilbao, Club Atlético Osasuna – Desde 1990
Privilegios en cuanto al impuesto de sociedades del Real Madrid CF, el Barcelona CF, el Athletic Club de Bilbao y el Club Atlético Osasuna. Estos cuatro clubes estaban exentos de la obligación general de los clubes de fútbol profesional de convertirse en sociedades anónimas deportivas. El efecto de esta exención es que estos clubes gozaban de un tipo impositivo preferencial del 25 % en lugar del 30 % aplicable a las sociedades anónimas deportivas. España ha adaptado su legislación sobre el impuesto de sociedades para poner fin a este trato discriminatorio a partir de enero de 2016.

Valencia CF- 2009 y 2010
2009: Aval estatal del Instituto Valenciano de Finanzas por un préstamo bancario de 75 millones EUR concedido por Bancaja (ahora Bankia) a la Fundación Valencia Club de Fútbol, que se destinó a financiar la adquisición de acciones del Valencia CF por la Fundación Valencia Club de Fútbol.

2010: El Instituto Valenciano de Finanzas incrementó su aval en favor de la Fundación Valencia Club de Fútbol en 6 millones EUR para atender el pago del principal, intereses y gastos vencidos derivados de un impago del préstamo garantizado concedido anteriormente al Valencia CF.

Hércules CF – 2010
Aval estatal del Instituto Valenciano de Finanzas por un préstamo bancario de 18 millones EUR concedido por la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) a la Fundación Hércules de Alicante, que se destinó a financiar la adquisición de acciones del Hércules CF por la Fundación Hércules de Alicante.

Elche CF – 2013
Aval estatal del Instituto Valenciano de Finanzas por un préstamo bancario de 14 millones EUR en total, concedido por la CAM (9 millones EUR) y el Banco de Valencia (5 millones EUR), a la Fundación Elche Club de Fútbol, que se destinó a financiar la adquisición de acciones del Elche CF por la Fundación Elche Club de Fútbol.

Contexto
Puede considerarse que las intervenciones públicas en favor de operadores del mercado que realizan actividades económicas no constituyen ayuda estatal a tenor de la normativa de la UE cuando se desarrollan con arreglo a condiciones que serían aceptables para un operador privado que actúe en una economía de mercado (principio del inversor en una economía de mercado, PIEM). Si no se respeta ese principio, las intervenciones públicas constituyen ayuda estatal con arreglo a las normas de la UE (artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, TFUE), porque confieren una ventaja económica al beneficiario de la que no disfrutan sus competidores. La Comisión evalúa a continuación si la ayuda es compatible con las normas comunes de la UE que autorizan determinadas categorías de ayudas.

La actuación de la Comisión en el marco de las normas sobre ayudas estatales mantiene unas condiciones de competencia equitativas para la mayoría de los clubes profesionales que deben actuar sin subvenciones. Tales subvenciones pueden permitir a clubes más grandes o más pequeños superar a sus rivales, así como impedirles crecer y ser competitivos.

La versión no confidencial de la actual decisión se publicará con los números de asunto SA.29769 (privilegios fiscales del Real Madrid CF, el FC Barcelona, el Athletic Club Bilbao y el Club Atlético Osasuna), SA.33754 (Real Madrid) y SA.36387 (Valencia, Hércules y Elche)en el Registro de Ayudas Estatales del sitio web de la DG Competencia una vez resueltas las cuestiones de confidencialidad. La relación de las nuevas publicaciones de decisiones sobre ayudas estatales en internet y en el Diario Oficial se encuentra en el boletín electrónico de información «State Aid Weekly e-News».

Personas de contacto para la prensa:

Solicitudes del público en general: Europe Direct por teléfono 00 800 67 89 10 11 , o por e-mail

El contenido de este comunicado fue publicado primero en la página web de la Comisión Europea 

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